COBRANZA COACTIVA - SUNAT

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COBRANZA COACTIVA - SUNAT



EL PROCEDIMIENTO DE COBRANZA COACTIVA

TIPOS DE EMBARGOS

 

EMBARGO EN FORMA DE DEPOSITO

 

•Diligencia : Ante quien se realiza, en que lugar, momento.

•Bienes no Unidad Producción: Extracción (UPC)

•Bienes UPC – Extracción a los 30 días

•Si se niega a firmar – 15 días Extracción de Bienes

•Vehiculos: Deposito e inscripción.

• Responsabilidad civil (Daños)

• Responsabilidad Penal (Peculado por Extensión)

 

CASO DE EMBARGO EN FORMA DE DEPOSITO

 

Izaga SA, panadería y dulcería reconocida en el medio, tiene una deuda tributaria por s/. 50,000 y ante ello la SUNAT le traba una medida de embargo en forma de depósito sin extracción de bienes sobre sus dos hornos, sobre sus 3 congeladoras, 5 computadoras, 10 escritorios y 100 sacos de harina. Al momento de elaborar el acta de embargo el encargado de la tienda tiene dudas si firma el acta porque no es representante legal de la empresa y decide no firmar. SUNAT regresa a los 15 días calendarios un domingo 7 de junio a las 7:30 de la mañana con un camión y notifica una resolución de embargo con extracción de bienes. Asimismo, llega con una orden de descerraje y abre un local al costado de la panadería en la que se almacenaban 15 mostradores propiedad de la empresa, sin embargo, dicho local no había sido declarado a la SUNAT y tenían un contrato de compra venta en el que señalaban la transferencia de dichos bienes a Luis Horna Scrl. el contribuyente considera ilegal la medida y no firma el acta de embargo considerando que con ello se frusta la misma.

 

EMBARGO EN FORMA DE RETENCION

 

•Entidades bancarias y financieras y clientes (cuentas por cobrar)

•Responsabilidad tributaria del tercero retenedor.

•Es posible la Reducción del Embargo? Obligaciones tributaria, laboral, alimentos, giro del negocio. Vcto en la fecha de la medida y no hay otras cuentas por cobrar que permita el funcionamiento del negocio.

 

EMBARGO A REMUNERACIONES

 

•Se puede Embargar las remuneraciones?

RTF. N° 661-3-98:

«(...) que existen dos momentos independientes, por un lado, está el pago de la remuneración por el servicio que presta y, por otro, está el depósito de dicho ingreso a una cuenta de ahorros, la que no distingue

N° 05349-4-2003:

«Que es así, que la cuenta de Ahorros del Banco Continental N° 0011-0195-0200311053 en principio resultaría embargable y en tal sentido, sería de aplicación al presente caso lo dispuesto en la Resolución N° 661-3-98 citada por la Administración, debiéndose tener en cuenta no obstante, que en la citada resolución se señalaba expresamente que en dicho caso, la cuenta “... no distingue si es por remuneraciones o por otro ingreso adicional (...), supuesto distinto al materia de autos, en el cual se advierte que los importes abonados en la cuenta embargada se encuentran exclusivamente referidos a los haberes del quejoso»

 

EMBARGO EN FORMA DE INTERVENCION

 

• Recaudación: Afectar ingresos diarios:

• ¿Con quién se entiende la Diligencia? Gerente, Administrador, Dependiente o con la persona encargada del establecimiento., empresa o negocio

•1.- En el lugar en que se perciben

•2.- En cada local intervenido. Se presenta la orden del embargo.

Funciones Interventor:

• 1.- Arqueo Inicial de la caja o cajas en uno o varios locales.

• 2.- Comunicar pagos por tarjetas de crédito o similares.

• 3.- Pagos necesarios para el funcionamiento del Negocio y cumplimiento de obligaciones. Laboral, tributaria y alimentaria cuya vencimiento o fecha de pago se produzca durante la intervención.

• 4.- Arqueo final de caja- se indica lo que se detrae. Por

cada caja en cada establecimiento.

• 5.- Informar hechos que obstaculicen la medida

•Ingresar el mon.to recaudado al día hábil siguiente. Custodiar o poner en custodia el dinero recaudado hasta el ingreso como pago.

 

EMBARGO EN FORMA DE INSCRIPCION

 

•Bienes Registrables: Inmuebles, vehículos, marcas, patentes, embarcaciones, etc.

•Se puede enajenar el bien?

•Si comprador asuma las cargas y gravámenes

•Si vende como bien libre:

•Delito de Estelionato C Penal Art. 197º Num. 4, modalidad de Estafa

•Remate – Venta Forzada

 

EMBARGABILIDAD BIENES DE LA SOCIEDAD DE GANANCIALES

 

•Sociedad de Gananciales – Bienes sociales.

•Los ingresos? Bienes sociales (Art. 310 CC) “Aquellos bienes que cualquiera de los dos cónyuges adquiera por su trabajo, industria o profesión, así como los frutos y productos, de todos los bienes propios y de la sociedad y las rentas de los derechos de autor e inventor

•Los gastos y cargas?

• Art. 316 CC “Son cargas de la sociedad los gastos que cause la administración de la sociedad”.

•¿EL RUC lo saca un cónyuge, la deuda es de uno o de la sociedad conyugal – Soc. Gananciales? ¿Se puede embargar todo el bien?

•Derecho Expectaticio del cónyuge - RUC: “La parte que le correspondería al fenecimiento de la soc. gananciales” – Muerte, divorcio, proceso concursal...

•Sobre la totalidad de bien – se anota en ambos.


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